ya es legal en
España
(Agencias/InfoCatólica)
18-3-21
Con 198 votos a favor y 142 en contra, el
Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente la ley que legaliza la
eutanasia en España. Tras su publicación en el BOE se convertirá en una nueva
prestación del Sistema Nacional de Salud a partir del mes de junio.
La ministra de
Sanidad, Carolina Darias, ha tomado la palabra en representación del Gobierno
para asegurar que con la legalización de la eutanasia se avanza en el
reconocimiento de los derechos y de «una sociedad más justa y decente». Una
sociedad que, en palabras de la titular de Sanidad, se «preocupa por evitar el
sufrimiento de todos sus miembros» gracias a una ley «equilibrada» y
«garantista» que atienda a las deman.
El diputado del
PPJosé Ignacio Echániz ha calificado a la eutanasia como un acto «antimédico» y
ha alertado de un efecto llamada que provocará en las personas más vulnerables.
En su opinión, a estas se le «empujará» a la eutanasia o el suicidio asistido:
«Los más frágiles de la sociedad tienen motivos para el desasosiego y el
miedo».
Por su parte Vox,
que ha anunciado que recurrirá la ley ante el Tribunal Constitucional y
solicitará que se paralice la norma hasta que haya una sentencia, ha lamentado
que «el Gobierno opte por la muerte en lugar de por los cuidados» en un día que
pasará a la historia, ha dicho, «de la ignominia» por implantar «la cultura del
descarte y la muerte». «Más pronto que tarde les ganaremos y construiremos todo
lo que han destruido y les daremos esperanza a quienes la hayan perdido».
Ciudadanos ha
calificado el día como «histórico» para España y ha lamentado de que no cuente
la nueva ley con el apoyo unánime de la Cámara. «Ustedes siempre han estado en
contra del avance de derechos porque no quieren libertad de decidir», ha
recriminado al PP y Vox la diputada Sara Giménez (CS), quien ha recordado
también a la derecha cómo se opuso en su momento a la ley del divorcio, del
matrimonio homosexual y del aborto.
Enfermos
terminales, crónicos y con gran sufrimiento psíquico
Si el paciente
cumple los requisitos fijados en la ley, podrá recibir la eutanasia unas cinco
semanas después de solicitarla, tras un proceso en el que será informado de las
distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles.
El primer
requisito es ser mayor de edad y sufrir «una enfermedad grave e incurable» o un
«padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecte a la autonomía y que
genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».
Hay que tener la
nacionalidad española, residencia legal en España o certificado de
empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español
superior a doce meses.
En el caso de que
el paciente no se encuentre en pleno uso de sus facultades ni pueda prestar su
conformidad libre, voluntaria y consciente, debe haber suscrito con
anterioridad un documento de instrucciones previas, testamento vital,
voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos.
Procedimiento
El paciente debe
formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, dejando una
separación de al menos quince días entre ambas, aunque el médico puede acortar
ese plazo si cree que existe un riesgo «inminente» de «pérdida de la capacidad»
del enfermo para otorgar el consentimiento informado.
El solicitante de
la prestación de ayuda para morir podrá revocar su solicitud en cualquier
momento o pedir su aplazamiento.
Una vez recibida
la primera solicitud, el médico responsable realizará con el paciente un
«proceso deliberativo» sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y
resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, análisis
que se repetirá tras la segunda solicitud.
Después se volverá
a preguntar a la persona si desea desistir o continuar. Si mantiene la
solicitud, el médico responsable deberá consultar el caso con un «médico
consultor», que tendrá un plazo de diez días para corroborar el cumplimiento de
las condiciones.
Comisión de
garantía y evaluación
En cada comunidad
autónoma deberá crearse en el plazo de tres meses una 'Comisión de Garantía y
Evaluación' compuesta por personal médico, de enfermería y juristas y
responsable en última instancia de autorizar cada proceso de eutanasia.
Tras ser informado
por el médico de una petición, el presidente de la comisión designará a dos
miembros que tendrán siete días para verificar que se cumplen los requisitos
previstos en la ley.
Las resoluciones
desfavorables de la Comisión podrán ser recurridas ante la jurisdicción
contencioso-administrativa.
Se da la
circunstancia de que las compentencias de sanidad están transferidas a las
comunidades autónomas y dos de ellas, Andalucía y Castilla y León, están en
manos de un gobierno de coalición del PP, contrario a la ley, y Ciudadanos,
favorable.
Está por ver si el
PP intentará impedir la creación de esas comisiones allá donde gobierna.
Realización de la
eutanasia
El paciente tiene
derecho a elegir cómo quiere recibir la ayuda para morir: que el personal
médico le administre directamente una sustancia, o que le prescriba o le
facilite la sustancia, de modo que se la pueda «auto administrar» para causar
su propia muerte.
En el primer caso,
la ley establece que el equipo sanitario asistirá al paciente hasta el momento de
la muerte. En el segundo, que «mantendrá la debida tarea de observación y apoyo
a este hasta el momento de su fallecimiento».
El proceso podrá
realizarse en centros sanitarios -públicos, privados o concertados- o en el
domicilio del enfermo.
Una vez realizada
la eutanasia, el médico responsable tendrá que remitir a la Comisión de
Garantía y Evaluación toda la documentación del caso.
De acuerdo con
esta ley, la muerte como consecuencia de la prestación de ayuda para morir
tendrá la consideración legal de muerte natural, a pesar de que no tiene nada
de natural quitarse la vida.
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