martes, 7 de septiembre de 2010

Bebé

Autorizaron otro “bebé de diseño” para que pueda curar a su hermano

Por Sibila Camps


Por orden de un juez, IOMA, la obra social de los empleados bonaerenses, deberá pagar un tratamiento de fertilización asistida con selección previa de embriones, para que las células madre del cordón umbilical del futuro “bebé de diseño” sean trasplantadas a un hijo de la pareja. El nene, de 4 años, sufre un tipo de leucemia cuya única posibilidad de cura reside en un trasplante de médula ósea.

“La leucemia es la producción de células inmaduras en la médula ósea, que ocupan toda la médula e impiden que se produzcan las células normales, como los glóbulos rojos y blancos, y las plaquetas”, explicó a Clarín la jefa de Hematología, Oncología y Trasplante de Médula Osea Pediátrica del Hospital Italiano, Mónica Makiya.

El nene por quien sus padres presentaron un recurso de amparo padece una leucemia linfoblástica aguda –enfermedad de buen pronóstico en el 80% de los casos–, pero con cromosoma Filadelfia positivo, una variante que no responde a los tratamientos de quimio y radioterapia. Está bajo tratamiento en el Hospital Garrahan.

A través del Incucai se realizó una búsqueda de células hematopoyéticas compatibles, tanto en bancos nacionales como extranjeros, con resultado negativo. La única opción con posibilidad terapéutica es entonces el trasplante de células madre de un hermano.

Como el nene es hijo único, las células deberían obtenerse del cordón de un futuro hermano que no sufra la misma anomalía genética. Para garantizarlo es preciso un tratamiento de fertilización que incluya el diagnóstico genético preimplantacional de embriones.

Ante la negativa de IOMA a cubrir la práctica, la pareja (un matrimonio de Morón) interpuso un recurso de amparo. Ahora, el juez en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, Luis Arias, dictó la medida cautelar basándose en que la petición no invoca el derecho a la planificación familiar, sino que la práctica “tiene por fin curar a un niño gravemente enfermo ”.

Ya en 2009 otro fallo en Mar del Plata obligó a IOMA a costear la misma práctica a una pareja para curar la enfermedad autoinmune de su hijo. Según la doctora Makiya, “ hay muchos más casos de los que se notifican ”, de parejas que pagan esta práctica de su bolsillo.

El juez se apoyó en un informe del Comité de Bioética del Incucai y señaló que, si bien hay un vacío legal en relación con el tratamiento requerido, tampoco está prohibido. En cuanto a los embriones que no sean utilizados, ordenó que sean criopreservados hasta tanto se dicte sentencia firme.

Antes del trasplante, el nene deberá ser sometido a quimioterapia y radioterapia corporal completa para anular la médula enferma. La cura dependerá del grado de avance de la enfermedad y de que no haya rechazo.

Clarín, 7-9-10





Posadas y la vida desde la concepción

Futura carta municipal garantizará la vida desde la concepción

Posadas (Misiones), 7 Set. 10 (AICA)

Los catorce convencionales constituyentes que trabajan en la reforma de la Constitución Municipal de la ciudad de Posadas resolvieron, por unanimidad, incluir en el Preámbulo de esa carta orgánica, el deber positivo del Municipio para garantizar la “protección de la persona desde la concepción”.
La nueva carta orgánica municipal tendrá cuerpo normativo constitucional el próximo 8 de noviembre, al conmemorarse los 140 años de la fundación de la ciudad.
La iniciativa de incluir ese párrafo en el Preámbulo fue del convencional constituyente, doctor Raúl Alberto Dalmau, representante del partido Justicialista, quien además es secretario ejecutivo de la Junta Diocesana de Catequesis de Posadas y prosecretario de la Junta Regional de Catequesis del Nordeste (NEA).
Tras amplios y profundos debates, la propuesta del edil fue finalmente sancionada por unanimidad de los convencionales.
La inclusión de ese párrafo en el Preámbulo tiene, aseguran, “relevancia jurídica e institucional”, dado que éste “define la filosofía política e institucional del ordenamiento jurídico de la ciudad; que luego servirá de fundamento al articulado de las ordenanzas, decretos y actos administrativos, por parte del poder constituido”.
“Cabe señalar que frente a quienes pretenden impulsar la cultura de la muerte, hoy podemos decir que desde estas tierras pretendemos apostar enfáticamente a la defensa de la vida, más aún cuando la protección de la persona humana desde la concepción, es una posición sostenida universalmente”, aseguró el concejal.
El edil reconoció que este tema “quizás no ocupe los titulares de diarios y medios nacionales, pero desde aquí, queremos decir que la vida humana desde la concepción debe ser protegida por todos los ciudadanos y especialmente por el Estado Municipal”.
“Ello en función de que -recordó- es precisamente la organización de las ciudades, el primer nivel de contacto de los ciudadanos con el Estado. El intendente y los concejales son los primeros receptores de las demandas sociales y, por ello, principales responsables de garantizar la respuesta inmediata a sus necesidades básicas”.

Al fundamentar la reforma histórica, Dalmao consideró que “es mucho lo que queda por delante en materia de educación y prevención, como así también de contención, cuidado y asistencia de la madre y su grupo familiar; pero resulta fundamental poner cada cosa en su lugar, la vida está sobre todo otro derecho, y debe ser protegida por los ciudadanos y por el Estado, este último como garante de los derechos fundamentales delegados por la organización política”.