martes, 24 de agosto de 2010

Asocian uno anticonceptivo Depo Provera con riesgo de fracturas

Por Anne Harding

Las mujeres que usan un anticonceptivo hormonal de larga duración llamado Depo Provera tendrían un leve aumento del riesgo de sufrir fracturas óseas, sugirió un nuevo estudio.
Más de 9 millones de mujeres en el mundo usan Depo Provera, una inyección de progesterona que se aplica cada tres meses, explicó en Journal of Clinical Endocrinology and Metabolism el equipo del doctor Christoph R. Meier, del Hospital Universitario de Basilea, en Suiza.

Estudios previos habían sugerido que el anticonceptivo, que suprime la producción de estrógeno, podría debilitar los huesos, pero se desconocía si realmente aumenta el riesgo de sufrir fracturas.

Para investigarlo, el equipo comparó a 17.527 mujeres, de 20 a 44 años, que habían sufrido una fractura entre 1995 y el 2008, con un grupo control de 70.130 mujeres del mismo rango etario, pero sin fracturas.

El uso de Depo Provera estuvo asociado con un aumento de la posibilidad de sufrir fracturas. Las mujeres que estaban usando el anticonceptivo al momento del estudio y ya habían utilizado una o dos recetas tenían un 18 por ciento más posibilidad de sufrir una fractura que las que no lo usaban.
Por su parte, las mujeres que ya habían utilizado entre tres y nueve recetas tenían un 36 por ciento de posibilidad de fracturarse, mientras que aquellas que habían superado las 10 recetas tenían un 54 por ciento más de riesgo.

El aumento más alto del riesgo se registró en las mujeres que estaban usando Depo Provera durante el estudio y desde hacía más de dos o tres años.
En el grupo que no había usado Depo Provera en los últimos 720 días o más, el riesgo de fractura asociado con el anticonceptivo "desapareció significativamente", lo que para el equipo sugiere que las mujeres recuperarían la densidad mineral ósea perdida cuando suspenden el uso del fármaco.
En el 2004, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos y Pfizer, la empresa que produce Depo Provera, agregaron una advertencia a la etiqueta del medicamento para informar que su uso puede inducir la pérdida de calcio en los huesos y que cuanto más prolongado es su uso, mayor será esa reducción.
La etiqueta recomienda que las mujeres no utilicen la medicación por más de 2 años y que sólo deberían hacerlo "cuando otros métodos anticonceptivos sean inadecuados".

Fuente: Journal of Clinical Endocrinology and Metabolism

http://www.diario7.com.ar/ 23-8-10


viernes, 13 de agosto de 2010

Transplantes

Mendoza: fallo muy polémico por un caso de donación de órganos

Por Roxana Badaloni

Un joven fue enjuiciado y acusado de haber matado de un tiro en la cabeza a su novia, pero en un polémico fallo un juez mendocino dijo que la bala no mató a la mujer sino que la víctima murió en el proceso de donación de órganos. Así, la condena pasó de ser un homicidio, según había fundamentado el fiscal, a un accidente con una condena por lesiones gravísimas culposas. El acusado llevaba dos años en proceso y ayer recuperó la libertad.

Los fundamentos del juez de la Quinta Cámara del Crimen, Rafael Escot se leerán recién el próximo miércoles. Según pudo conocer Clarín , el magistrado fundamentará que duda de que el imputado haya tenido intención de matar a su novia y que el concepto de muerte cerebral (estado en el que se encontraba la víctima al momento de la ablación de sus órganos) no es a su criterio, “la muerte definitiva de una persona”. Sumará entre los antecedentes el caso de Zack Dunlap, un joven de Texas que recobró el conocimiento después de haber sido declarado con muerte cerebral.

El hecho, que es materia de discusión desde el lunes en los tribunales mendocinos, ocurrió en 2008, cuando Oscar Ahumada (28) le disparó en la cabeza a su novia Cintia Castillo (20). La chica fue trasladada al hospital Central de la Ciudad de Mendoza, donde se le diagnosticó muerte cerebral. Fue conectada a un respirador artificial y dos días después sus padres decidieron donar los órganos.

El abogado defensor Daniel Romero alegó que la muerte se produjo “por ser donante de órganos”. Y una vez conocida la sentencia le dijo a la prensa en tribunales: “Cuando la víctima llegó al hospital no tenía muerte cerebral sino una lesión seria. No existió el móvil de causarle la muerte”. El abogado argumentó que su defendido manipuló el arma con negligencia y que el tiro se escapó de manera accidental.

Un año después, la Cuarta Cámara del Crimen condenó a Ahumada a tres años de prisión en suspenso por homicidio culposo, que es atribuido a una muerte no intencional. Pero el fiscal Fernando Guzzo presentó un recurso de casación y la Corte local ordenó que el juicio se hiciera de nuevo. El caso pasó al juez Escot, quien el lunes rebajó el delito a lesiones gravísimas culposas, con una condena de tres años de prisión en suspenso. Lo hizo por el beneficio de la duda, al no poder confirmar por qué causa murió la chica.

La titular del Instituto Coordinador de Ablaciones e Implantes de Mendoza (Incaimen), que depende del Incucai, Laura Martta dijo a Clarín : “No se puede hablar de donación de órganos si no hay cadáver”. Explicó que cuando hay una muerte violenta, se pide intervención judicial, y el juez le deja al médico forense que determine si la donación de órganos perjudicaría la necropsia que sirve para interpretar la causa de la muerte. Maratta citó la Ley 24.193 de Trasplante de Órganos y Tejidos, que en el artículo 23 determina que “el fallecimiento de una persona se considerará tal cuando se verifiquen de modo acumulativo los siguientes signos: ausencia irreversible de respuesta cerebral con pérdida absoluta de conciencia, ausencia de respiración espontánea, ausencia de reflejos cefálicos y constatación de pupilas fijas no reactivas, inactividad encefálica corroborada por medios técnicos y/o instrumentales”. “Para poder hacer la ablación, se mantiene el cuerpo con respirador”, agregó.

Antecedente
Un fallo dictado por el juez de Misiones Carlos María de la Cruz, en 2006, entendió que una chica de 12 años había muerto en 2000 como consecuencia de la ablación de sus órganos para ser donados y no del accidente de tránsito que la había dejado en estado vegetativo. Los padres de Agustina María Bernasconi, la víctima, pidieron el juicio político contra el juez, al que acusaron de prevaricato por haber dictado una sentencia absolutamente contraria a la ley. Finalmente el juez fue destituido y otro magistrado que tomó la causa falló en 2009 a favor de la familia, reconociendo que la causa de la muerte había sido el accidente. Así, ordenó que los padres de la chica fueran indemnizados.

Clarín, 13-8-10