jueves, 29 de octubre de 2020

LA DECLARACIÓN

 

O CONSENSO DE GINEBRA

 

SOBRE LA INEXISTENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL AL ABORTO, LAS NACIONES UNIDAS Y LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES

 

 

Por Carlos Alvarez Cozzi

 

 

Luego de soportar por años que a nivel de Naciones Unidas y otros organismos internacionales se pretenda naturalizar como un “derecho humano”, en verdad inexistente, desde la perspectiva de género de los “derechos sexuales y reproductivos” de la mujer, el derecho al aborto, al impulso del gobierno de los Estados Unidos de América, presidido por Donald Trump, y acompañado por otros treinta y dos Estados, entre los cuales destacamos a Brasil, Hungría, entre otros, el pasado 22 de octubre, se produjo la Declaración de Ginebra que apunta justamente en sentido contrario al anteriormente manifestado.

 

En efecto, en noticia que no ha sido muy difundida, treinta y tres países firmaron la Declaración de Ginebra (https://www.hhs.gov/about/agencies/oga/global-health-diplomacy/protecting-life-global-health-policy/geneva-declaration.html) el pasado jueves, 22 de octubre, que afirma que no existe un “derecho humano internacional al aborto”. Asimismo argumenta que “el papel de la familia como fundamento de la sociedad”.

 

La Declaración pretende ser una reprimenda del apoyo de las Naciones Unidas a los “derechos sexuales y reproductivos”, lenguaje que, según Estados Unidos, que ha firmado el texto, respalda el aborto.

Declaramos inequívocamente que no existe el derecho internacional al aborto. Con orgullo, pondremos la salud de la mujer en primer lugar en cada etapa de la vida”, afirmó el secretario de Salud y Servicios Humanos de Estado Unidos, Alex Azar, en la ceremonia de firma de la declaración el jueves.

“Afirmamos que los gobiernos tienen el derecho soberano de hacer sus propias leyes para proteger la vida de inocentes y redactar sus regulaciones sobre el aborto”, dijo Azar.

“La Declaración de Consenso de Ginebra es un documento histórico, que establece claramente nuestra posición como naciones sobre la salud de las mujeres, la familia, el honor a la vida y la defensa de la soberanía nacional”.

Azar señaló que, en parte, la declaración fue redactada en respuesta a una “tendencia inquietante” de las Naciones Unidas.

“Cada vez con mayor frecuencia, algunas naciones ricas y agencias de la ONU afirman erróneamente que el aborto es un derecho humano universal”, dijo al respecto.

Bajo la administración Trump, el Departamento de Salud y Servicios Humanos y el Departamento de Estado ha presionado para eliminar ese lenguaje de los documentos de la ONU.

La ONU ha rechazado esos esfuerzos, lo que llevó a Estados Unidos a lanzar una coalición de 33 países que firmaron la declaración, incluidos los cinco que la copatrocinaron: Brasil, Egipto, Hungría, Indonesia y Uganda.

La administración Trump ha tomado varias medidas para limitar el acceso al aborto en los Estados Unidos y en el extranjero, incluida la prohibición de que las organizaciones extranjeras y nacionales reciban fondos estadounidenses si brindan o promueven abortos.

Lo que realmente resulta paradójico y demuestra como a nivel de Naciones Unidas se manipula lo que debería ser inequívoco, en un caso claro de intento de colonialismo cultural, es que la propia Declaración Universal de Derechos Humanos (https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/), fundante de las Naciones Unidas preceptúa en su
 

Art. 3: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.”

Y en el mismo sentido, pero a nivel interamericano, rige el art. 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que dispone lo siguiente:

                                                                                                   

1.    Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.” (https://www.impo.com.uy/bases/leyes-internacional/15737-1985)

 

Por todo lo cual es evidente que no existe un “derecho humano” a abortar por parte de la mujer, y menos reconocido por el Derecho Internacional, que precisamente, en sentido contrario, reconoce el “derecho humano” del concebido a desarrollarse, crecer y nacer con la protección del Derecho del Estado, derivado del estatuto jurídico del embrión.

Una buena noticia a difundir, pues.

 

 

 

 

 

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